Cuando un ser querido es detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), actuar de forma rápida y organizada puede marcar la diferencia. En 2025, con un sistema migratorio aún complejo y sin garantías de representación legal gratuita, es fundamental que las familias hispanas en EE.UU. conozcan los pasos clave para proteger los derechos del detenido desde el primer momento.
Esta guía práctica está basada en información actual del Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes, y se adapta a los procedimientos vigentes este año, incluyendo las herramientas digitales oficiales del gobierno federal.
Obtén el número A

Paso 1: El número A (Alien Registration Number) es un identificador único de 9 dígitos asignado por inmigración.
Se puede encontrar en documentos migratorios antiguos, cartas del ICE o recibos del USCIS.
Es esencial para ubicar a la persona detenida, acceder a su expediente y consultar futuras audiencias.
Paso 2: Ubica al detenido en el sistema ICE.
Puedes buscar a la persona detenida usando el Locator del ICE, ingresando el número A y país de nacimiento.
También permite búsqueda con nombre y fecha de nacimiento.
Allí se obtiene la ubicación exacta del centro de detención y los datos de contacto para llamadas o visitas.
Establece comunicación con el centro

Paso 3: Cada centro tiene normas diferentes para permitir visitas o llamadas.
Algunos requieren programar videollamadas, otros habilitan líneas telefónicas mediante cuentas prepagadas (por ejemplo, GTL o Securus).
También puedes enviar fondos al detenido para que él o ella pueda comunicarse.
Paso 4: Reporta redadas o arrestos.
Si la detención fue durante una redada, llama al 1-855-435-7693 del ICIRR (Illinois Coalition for Immigrant and Refugee Rights).
Ofrecen atención en español, asesoría legal y emocional, y pueden ayudarte a reportar abusos o irregularidades.
Reúne todos los documentos posibles

Paso 5: Reunir papeles migratorios, pasaportes, actas, antecedentes penales, solicitudes previas o cartas de apoyo es crucial.
Estos documentos serán útiles para el abogado y para solicitar audiencias o fianzas.
Actuar de forma rápida y organizada puede marcar la diferencia
Paso 6: Verifica si hay audiencia judicial.
Con el número A puedes consultar si hay una audiencia programada en la Corte de Inmigración llamando al 1-800-898-7180 (sistema automatizado en español).
No todas las personas tienen derecho automático a audiencia.
¿Quién tiene derecho a audiencia o fianza?

Tienen derecho a audiencia los:
Residentes legales permanentes
Inmigrantes sin delitos graves
Solicitantes de asilo con miedo creíble
No tienen derecho:
Personas con órdenes de deportación previas
Reingresos ilegales tras deportación
Condenados por delitos graves agravados
En casos con temor real de persecución, se puede pedir entrevista de asilo (“fear interview”).
Si se aprueba, el inmigrante obtiene audiencia y posible alivio migratorio.
No hay defensa sin acción rápida. Actuar en las primeras 24-48 horas, reunir documentos clave, comunicarse con el centro y conseguir asesoría legal es esencial.
El sistema migratorio en EE.UU. no ofrece abogado gratuito, por lo que es recomendable buscar ayuda legal a través de organizaciones sin fines de lucro o defensorías migratorias acreditadas.
Para más información, visita QuéOnnda.com


