En septiembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio definitivo y de aplicación obligatoria: las víctimas de abuso sexual infantil podrán exigir indemnización civil sin límite de tiempo, incluso cuando la acción penal ya no sea posible.
Esta resolución fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del máximo tribunal, asentando un nuevo y poderoso precedente legal.
Este criterio se desprende del caso jurídico protagonizado por la cantante Sasha Sokol, quien demandó civilmente al productor Luis de Llano por abuso sexual ocurrido cuando ella tenía 14 años y él 39.

Aunque ya no era posible una acción penal, la Corte consideró que aplicar la prescripción legal en este contexto violaría el derecho de las víctimas a acceder a la justicia, así como sus derechos a la integridad personal y a una compensación justa.
La SCJN resolvió que la acción civil es imprescriptible en casos de violencia sexual infantil, creando jurisprudencia de cumplimiento obligatorio en todos los tribunales de México.
¿Qué implica este fallo para las víctimas?
Acceso a la justicia sin demoras
Se reconoce que el tiempo que una persona necesita para procesar una agresión puede ser prolongado; impedir la presentación de demandas por plazos legales puede revictimizar. Por ello, la Corte anuló cualquier límite de prescripción en demandas civiles.
Acción civil como vía real de reparación
Aunque la vía penal esté cerrada, las víctimas aún podrán buscar reparación mediante demandas civiles por daño moral, una herramienta ahora plenamente válida y sin restricción temporal.
Efectos inmediatos y nacionales
Desde el 25 de junio de 2025, todos los jueces y tribunales del país están obligados a aplicar este criterio en casos similares, sin excepción.

Este fallo representa una victoria fundamental para la protección de derechos, especialmente en contextos donde las víctimas—por razones culturales, sociales o emocionales—pueden tardar años en denunciar. Para la comunidad hispana en EE. UU., ya sea por vínculos familiares con México o empatía cultural, este precedente simboliza un avance en el reconocimiento judicial de realidades delicadas y prolongadas.
Además, demuestra cómo los sistemas de justicia pueden adaptarse a entendimientos más profundos de la psicología emocional de las víctimas—algo que reforzará futuras deliberaciones y reformas legales en otros países con dinámicas similares.
El caso Sasha Sokol vs. Luis de Llano no solo concluyó con una condena civil: se transformó en un hito jurídico.
La SCJN estableció que los delitos de violencia sexual contra menores no prescriben en la vía civil, reafirmando los derechos de las víctimas a justicia, reparación y reconocimiento, sin límites de tiempo.
Este criterio legal trasciende fronteras y es una señal clara de progresión en la protección de los derechos humanos.
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